Como estaba previsto, arranca el año con movilizaciones exigiendo salarios en correspondencia con el artículo 91 de la Constitución. Se inicia, así, un ascenso del movimiento de trabajadores que marca el comienzo de un enfrentamiento radical contra la dictadura y sus políticas de hambre. Tiembla el déspota ante la fuerza mostrada por los trabajadores, destacando los maestros y los obreros de Sidor.

Urge atender este asunto del salario. No es solo la exigencia de los trabajadores y la capacidad de movilización que se viene desarrollando, sino la fijación de la base teórica con la cual se debe luchar. No es algo subalterno, más cuando se cuelan ideas que no representan los intereses de los trabajadores y que son asumidas —por inconciencia o ignorancia— por quienes dicen representarlos.

Hay quienes plantean que la indexación con base en la inflación o el dólar debe ser la exigencia. Esa visión reduce las perspectivas de la lucha a situaciones ya alcanzadas, hasta ahora, nada favorables a las condiciones mínimas de reproducción de los trabajadores. Eso resulta un enredo.

Hay que preguntar cuál es la fecha a partir de la cual se busca indexar. Si es 2013 la cosa suena atractiva. Pero indexar a partir de una fecha cercana o de una convención colectiva es un error. Si es fecha temprana es una tontería. Si se contempla en una convención colectiva y ésta establece un salario que no garantiza el artículo 91, estaríamos atados a un perjuicio. Si hay inflación, en el siguiente año indexarían con base en ese salario. O sea, la trampa total.

Los obreros alemanes en la década de los 80 dieron fuertes luchas contra la indexación. Pues, la lucha debe ser por mejorar las condiciones de vida de la clase obrera. No anclarla a una etapa pasada. La indexación es una medida en favor del capital y de su Estado: permite el incremento de la explotación obrera y la desmejora de las condiciones de reproducción del trabajador de la administración pública.

En Venezuela, la principal experiencia al respecto se da con la imposición de las Normas de Homologación a los profesores universitarios en 1982. Condujeron a un creciente deterioro del sueldo de los profesores y de todos los trabajadores universitarios, ya que se ató la suerte de todos los sectores a los ajustes con base en tales normas.

El análisis cuantitativo de su evolución, desde ese año, lleva a la clara conclusión de que la inflación subía hasta el décimo piso, mientras que los sueldos apenas alcanzaban el quinto. Los sueldos conquistados de hasta 3.800 dólares, en la década de los 70, nunca más fueron alcanzados. Al contrario, las tales normas de homologación fueron mermando el sueldo de los profesores, otrora de los más elevados de América Latina.

En ese sentido, el artículo 91 resulta más progresista para las demandas de los trabajadores. Establece una canasta que se debe ajustar a la letra del artículo. Al rezar que: “Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales”, supera la mera indexación con base en la inflación. Es que una interpretación correcta de estas letras nos permite concluir que ese salario debe ajustarse a necesidades concretas, las cuales se desarrollan a la par de las fuerzas productivas.

Las necesidades tienen un desarrollo dialéctico de cara a la aparición de nuevos bienes. Por ejemplo, hoy día el uso de internet debe formar parte de las necesidades básicas de la gente. Ejemplo que sirve para apreciar el desarrollo de la relación dialéctica de bienes y necesidades. Por ello el salario debe contemplar la realización de ese tipo de mercancías. Se suma que contempla lo relativo a los beneficios de la empresa. Un parámetro que va más allá de la inflación. Es mucho más amplio que indexar. Debemos aferrarnos a que Ejecutivo y empresarios hagan verdad el artículo 91 de la Constitución.

La determinación del salario mínimo con base en el artículo 91 conduce a su ampliación en la escala de sueldos y salarios. Esto es, trabajadores que realizan procesos más complejos perciben más de un salario mínimo. Los profesionales, profesores, técnicos, entre otros, perciben salarios en correspondencia.

La indexación planteada por el PCV es más correspondiente con las aspiraciones de los trabajadores. Plantea la indexación en relación con la canasta básica, no con la inflación o el dólar. Sin embargo, primero se debe conquistar el salario ajustado a la canasta, así como establecer los bienes y servicios que la nutren.

La lucha en torno del artículo 91, además, supone una nueva distribución de la riqueza. Que los ricos ganen menos. Que los trabajadores tengan más salarios. La distribución de la riqueza se realiza en la proporción que se destina al capital y lo que perciben rentas de la tierra y de la usura, al salario y al Estado. En nuestro caso, debemos agregar lo que se roban los corruptos. Esa es una puja permanente que se ha agudizado en Venezuela. De dónde saca el dinero la dictadura no es un asunto de los trabajadores. Pero sí debe quedar claro que una redistribución de la riqueza no contribuye con la inflación. Simplemente se han movido las proporciones. Ése debe ser el centro de las luchas.

Las condiciones están dadas. El gobierno ya está apelando a la represión. Los trabajadores a más movilizaciones. Pero hace falta más unidad, plan y estrategia en torno de las consignas, las demandas y la acción. La unidad debe dar paso a una coordinación nacional. Tiembla la dictadura mientras se acera la disposición a la lucha. Nuevos aires anuncian un gran despertar por el cambio.

Tomando de El Pitazo 

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