En una semana dos situaciones graves contra niños y niñas han sido noticia. La primera, sobre el secuestro por parte del Conas de un niño de 3 años, que luego de la intensa campaña por redes sociales, fue abandonado en un centro comercial, de allí llevado a una entidad de atención, para finalmente retornar a los brazos de su madre. Y la segunda, es la aparición sin vida de 4 niños en el sector El 70 de El Valle, con señales de tortura y abuso sexual.

En ambas situaciones hay elementos que permiten catalogarlas como increíbles. Cuesta mucho procesar que estos dos hechos puedan ser parte de la realidad de niños y niñas venezolanos. Escuchar estas noticias descolocan a cualquiera. No porque en Venezuela no pasen cosas impensables, sino porque no dejamos de asombrarnos con la descomposición social a la que hemos llegado como pueblo y como sociedad, y de lo vulnerable que se vuelven los niños, niñas y adolescentes (NNyA) en situaciones de crisis, violencia y pobreza; son definitivamente la población más vulnerable.

Estos hechos, muestran la cara más cruel de la realidad de nuestra infancia y adolescencia. Una a manos de organismos del Estado, que siendo los llamados a garantizar la seguridad, se convierten en los perpetradores del secuestro a un niño de 3 años. Que deciden utilizar como moneda de cambio a un niño para lograr la aprehensión de alguien que al parecer cometió un delito -el papá del niño secuestrado-, es decir, la reafirmación de que aún no se asumen a los NNyA como sujetos de derechos, sino como objetos, con los que los adultos hacen lo que les place, sin considerar su desarrollo, sentimientos, mucho menos sus derechos. Y el segundo hecho muestra el nivel de descomposición social, de exposición a la violencia para los NNyA, el abandono como una realidad cotidiana y la ausencia de atención del Estado para la prevención y atención.

Vale la pena recordar que la Convención sobre los derechos del niño (CDN) es un tratado internacional ratificado por el Estado Venezolano el 29 de agosto de 1990. Y en el año 2000 adaptó su norma interna para asumir el paradigma de la protección integral, creando la Ley Orgánica para la Protección de NNyA. En ambos instrumentos se habla de los NNyA como sujetos de derechos, como prioridad absoluta y establece como principio transversal el Interés Superior del Niño. Con sendos avances en materia legal, a 28 años de la ratificación de la CDN y 18 de la Lopnna, que estas cosas sucedan en Venezuela solo puede deberse a la falta de disposición política y poco compromiso del Estado para asumir sus responsabilidades en materia de derechos y garantías para la infancia y la adolescencia. Es en definitiva el resultado de la ausencia de diseño, ejecución y presupuestos para políticas públicas dirigidas a los NNyA.

En el caso del Conas, se notó la desprotección en general, pero en particular la desatención por parte del Sistema de Protección, ya que Angelo Vasquez duró un mes en manos de sus captores y según la información que ha aparecido en los medios de comunicación, la madre, en su angustia y búsqueda de apoyo por parte del Estado, acudió a distintas instancias y en ninguna recibió la atención que requería. ¿Por qué no fue atendida? ¿Por qué, acudiendo a varias instancias del Sistema de Protección, no hubo actuación para buscar a Angelo? ¿Por qué son las redes sociales las que logran, a partir de hacer pública la situación, que el niño aparezca? ¿Debemos creer más en las redes sociales que en los organismos del Estado?.

Afortunadamente, la mamá de Angelo llegó a la Comisión de Política Interior de la Asamblea Nacional para que su situación se conociera y terminará como terminó. Así que se debe reconocer sus gestiones y su atención rápida y diligente. ¿Dónde queda la protección especial? ¿Cómo se le ocurre a miembros de la GNB tomar a un niño de 3 años como moneda de cambio ante un presunto delincuente? ¿Cómo se vulneran tantos derechos en una sola acción? ¿Cómo se les ocurre dejarlo abandonado en un sitio público? Pero lo peor de este caso, es que a la fecha, no ha habido pronunciamiento por parte del Ministerio Público, del Defensor del Pueblo o de representantes del Sistema de Protección de NNyA.

Un caso como el de Ángelo Vásquez, que se hizo público y que gracias al hecho público se resolvió -por lo menos que el niño vuelva a su casa, de la que nunca debió ser separado-, requiere que la sociedad conozca las actuaciones del Estado para una investigación exhaustiva, que determine las responsabilidades individuales, pero también la responsabilidad del Estado, ya que la GNB es un organismo de seguridad del Estado. Además de ello, la norma internacional establece la necesidad de reparar e indemnizar a la familia y al niño por la violación de sus derechos, el acompañamiento y la atención general que permita que esa situación sea superada por las víctimas. ¿Qué de esto se ha hecho? Creo que nada.

El caso de El Valle, por su parte, muestra la descomposición social, pero también realidades sociales presentes en las comunidades más empobrecidas y que no han sido atendidas por políticas públicas estructuradas y dirigidas a esas situaciones particulares. Una madre que deja a sus hijos e hijas solos, por ir a visitar a su pareja, que está en una cárcel venezolana, ¿Cuántas historias así no conocemos? ¿Qué se ha hecho por parte del Estado para atender esta realidad? Hermanos “grandes” cuidando a los pequeños, nuevamente. ¿Cuántas historias así no hemos escuchado? ¿Cuántos expedientes en los Consejos de Protección se han iniciado por una denuncia sobre esta realidad? ¿Qué ha hecho el Estado para su atención?

Dejar a los hijos e hijas en casa sin supervisión, pudiera parecer una situación no peligrosa. Sin embargo, son muchos los riesgos que se corren ante esa decisión. Y este caso es una de las más cruentas muestras de esos riesgos. Pero en este caso, también debemos preguntarnos dónde quedan las redes de apoyo comunitario, las vecinas y vecinos, las comadres, la familia extendida, los miembros de los Consejos Comunales que ahora tienen algo que ver con el Sistema de Protección ¿Donde estaban todos cuando el crimen se estaba ejecutando? ¿Nadie oyó nada? Esta también debe ser una lección como ciudadanos, los derechos de los NNyA son de carácter público, todos tenemos que ver allí.

Definitivamente, los derechos de niños, niñas y adolescentes son una deuda pendiente. La sola existencia de una norma especial, la ratificación de tratados internacionales, no garantiza derechos. Los Estados deben hacer cosas, deben tener como prioridad la supervivencia, el desarrollo, la protección y la participación de la infancia y de la adolescencia. Las familias y la comunidad en general deben velar porque los Estados cumplan su papel, es un trabajo en conjunto. Pero la determinación para que sean efectivos los derechos de los NNyA recaen principalmente en el Estado, en su gestión y en la disposición de recursos para lograrlo.

Estás situaciones son el examen reprobado de este Gobierno en materia de niños, niñas y adolescentes. En 2014 ya el Comité sobre los derechos del niño le recomendaba a Venezuela: “Adopte todas las medidas necesarias para lograr la aplicación efectiva de la legislación en relación con los derechos del niño en todas las esferas, proporcionando los recursos humanos, financieros y técnicos necesarios” y “… que ultime el Plan Nacional para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes (2015-2019) y, sobre la base de ese plan de acción nacional, elabore una estrategia que incluya mecanismos para su aplicación, vigilancia y evaluación. El Estado parte debe asignar a la estrategia los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios. El plan de acción deberá estar en plena armonía con los demás planes sectoriales en la esfera de los derechos del niño”(*).

Nos toca como sociedad exigir investigaciones exhaustivas, sin dilación, en las que aparezcan responsables directos, pero también en las que se señale las responsabilidades por omisión del Estado. Asimismo, debemos promover la denuncia pública para que se reconozca la ausencia de una política pública nacional, la inacción del sistema nacional para la protección de NNyA y la exigencia de medidas especiales y urgentes para atender y prevenir las diversas formas de violación de los derechos de nuestros niños, niñas y adolescentes. La justicia no se resume en la aprehensión del responsable material o de su muerte como venganza, la justicia debe incluir que hayan los medios y mecanismo para que ningún NNyA sea víctima de una situación similar.

Qué no haya nunca más un Angelo separado de su familia, como un objeto inanimado, en manos de un Estado delincuente. Que los nombres Humberto Ruíz, Roxana, Julianyerli y Jonas Conde Graterol no se olviden, como no se olvida a Dayan González o a los Hermanos Faddoul. Que su recuerdo sea el empuje para exigir un sistema operativo para la atención y protección de la infancia y el diseño de una política nacional para atender tantas formas de violencia de la que son víctimas los NNyA. Si no creemos que se pueda lograr en un Estado carente de institucionalidad como el actual, que sea entonces una idea recurrente para la reconstrucción nacional.

*Observaciones finales sobre los informes periódicos tercero a quinto combinados de la República Bolivariana de Venezuela. Comité de los derechos del niño. Octubre 2014.

Tomado de Efecto Cocuyo

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