ratificó estructura actual de BR.


TSJ



Primicias24.com.- La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), certificó mediante sentencia todas las decisiones tomadas en el V Congreso de Bander  Roj  celebrado los días 17, 18 y 19 de agosto de 2012, exceptuando las elecciones de las autoridades del partid.
En ese sentido, retoman las riendas de la organización (provisionalmente) las autoridades anteriores que, cabe destacar, solo varían en el Presidente del partido y algunos miembros del Comité Central que, por haberse separado de Bander  Roj, no son delegados al Congreso y por tanto no pueden votar.
Es importante recordar que el  caso  involucra al partid Bander Roj y un grupo escindido de la organización que aspira quedarse con las siglas.

2 COMMENTS

  1. COMO SE NOTA QUE LAS ANCIAS DEL PODER Y LA NEGOCIACION PARA SUS INTERESES PERSONALES EN LO ECONOMICO LOS HACE PERDER LA CORDURA…LEANSE BIEN LA DECICION, CUERDA DE TRACALEROS,AQUI ESTA LEANALA BIEN:
    http://www.tsj.gov.ve/decisiones/selec/Mayo/19-15513-2013-AA70-E-2012-000077.html

    Numero : 19 N° Expediente : AA70-E-2012-000077 Fecha: 15/05/2013
    Procedimiento:
    Recurso Contencioso Electoral con medida cautelar
    Partes:
    PEDRO CELESTINO VELIZ ACUÑA, DICK ANTONIO GUANIQUE GARVÁN, NELSON JOSÉ GÓMEZ RODRÍGUEZ, AMILCAR ERNESTO MORALES PEÑA y EDUARDO JOSÉ TORRES MUÑOZ, Vs. Comisión Organizadora del Congreso del Partido Bandera Roja.
    Decisión:
    La Sala declaró: PRIMERO: CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, en fecha 13 de agosto de 2012, por los ciudadanos Pedro Celestino Veliz Acuña, Dick Antonio Guanique Garvan, Nelson Jose Gómez Rodríguez, Amilcar Ernesto Morales Peña y Eduardo José Torres Muñoz, actuando con el carácter de Presidente – el primero- y miembros del Comité Político Nacional de organización política BANDERA ROJA, asistidos de abogado, contra “…las Vías de Hecho de la COMISIÓN ORGANIZADORA DEL CONGRESO del PARTIDO, de ahora en adelante denominada la COMISIÓN, actuación que lesiona Principios Valores democráticos y derechos y garantías legales y estatutarias a los militantes de BANDERA ROJA…”. SEGUNDO: NULO el proceso electoral realizado durante el V Congreso del partido político Bandera Roja que se llevó a cabo los días 17, 18 y 19 de agosto de 2012. Como consecuencia de esa nulidad, las personas que resultaron electas en el proceso electoral anulado deben desincorporarse de sus cargos y deben asumir nuevamente los que venían ejerciendo en el período anterior, quienes estarán en funciones de forma temporal, realizando actos de simple administración, hasta que tomen posesión de sus cargos las personas que resulten electas en el nuevo proceso que se ordena celebrar. TERCERO: ORDENÓ a la Comisión Electoral de dicho partido político que convoque a un nuevo proceso electoral, elaborando un Cronograma Electoral que incluya todas las fases indicadas en el fallo.
    Ponente:
    Fernando Ramón Vegas Torrealba

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