Estamos siendo protagonistas de la peor crisis económica que ha vivido el país en toda su historia. Las principales víctimas han sido los trabajadores venezolanos en general, y el magisterio en particular. Esta crisis fatal ha sido causada por las políticas económicas que ha implementado Nicolás Maduro, que se ha convertido en un patrono déspota, manipulador de la realidad y farsante de la historia. Estamos frente a un feroz dictador, cínico populista que explota y manipula el sentimiento  del pueblo y sus necesidades más sentidas como el hambre y la salud, pretendiendo ubicarse como el “liberador de la crisis salarial” y el que hace la “justicia social”. Estamos ante un patrono que maneja a su antojo una costosa política propagandística utilizada para encubrir la verdad de los problemas agudos que hoy presentan los trabajadores, educadores y familias venezolanas.

De esta manera el presidente Nicolás Maduro y su Ministro de Educación, Elías Jaua, mostraron lo farsantes que son al afirmar que se tomaron medidas para “proteger” al magisterio y el resto de trabajadores. En ese sentido, se hace necesario desmontar la burda maniobra:

  1. Desde el 2004, cuando el ministro de educación era Aristóbulo Insturiz, el magisterio ha tenido 13 años continuos y sistemáticos de violación de los Convenios Colectivos. Sólo citaremos las conquistas sociales, profesionales, académicas y de condiciones de trabajo que se encuentran en la legislación laboral, como la permanencia de beneficios, también llamado patrimonio legal y sindical de los trabajadores de la educación que se encuentran como letra muerta. Al revisar cada Convenio desde 2004 llegamos a la conclusión de que más han sido las violaciones del derecho laboral que el cumplimiento por parte del patrono de las contrataciones colectivas. Sin temor a equivocarnos, afirmamos que estos incumplimientos han deteriorado la seguridad laboral, el salario y la vida profesional del ejercicio pedagógico.

  2. El presidente Maduro declaró que “el magisterio no había obtenido Contratos Colectivos”, que era con esta “revolución” que se habían logrado. Tal vez el Ministro del Trabajo Néstor Ovalles, que es profesor de historia y fue dirigente sindical del Colegio de Profesores de Venezuela, no le dio tiempo de informarle que desde el año 1969 el magisterio tiene una trayectoria histórica de lucha por conquistas de contratos colectivos. Vale señalar que en el año 1996, con el Ministro Antonio Luis Cárdenas,  el magisterio conquistó el V Contrato Colectivo, en el cual el aumento salarial y el resto de los beneficios lograron estar por encima de la inflación en aquel momento.

  3. El pago del 17% de aumento salarial no es una dádiva o regalo de Nicolás Maduro. Al contrario, este beneficio se ha venido incumpliendo desde el año 2016, pues está establecido en la I Convención Colectiva Única y Unitaria y debió ser pagado en octubre del año 2016, a lo cual se negó el entonces Ministro de Educación, Rodulfo Pérez (hoy diputado de la ANC) a pesar que ya estaba presupuestado. Maduro hizo caso omiso a las exigencias del magisterio y a los tantos documentos, comunicados y declaraciones de las federaciones. Ahora el magisterio espera que la deuda de este pago sea con las respectivas incidencias salariales generadas desde entonces. No se puede seguir jugando con las necesidades y el derecho humano de los demás. Pareciera que el Presidente y su Ministro de Educación adelantaron el carnaval para disfrazarse de justicieros sociales.

  4. La adjudicación de artefactos de Mi Casa Bien Equipada ha sido condicionada por el Carnet de la Patria, instrumento de control político-organizativo que le ha servido a la dictadura para chantajear y someter a los docentes usando las necesidades de sus familias. No hay nada más cruel que un derecho humano sea manipulado por un brutal populismo de corte dictatorial.

  5. El IPASME se ha convertido en un gran mastodonte del proselitismo político del régimen. Ya ha dejado de ser un instituto de real asistencia social para el magisterio, hasta el punto que no se ha podido implementar las cláusulas: 27 de la V Convención Colectiva (2009-2011), la 14 de la VI Convención Colectiva (2011-2013), la 34 de la VII Convención Colectiva (2013-2015) y la 10 de la I Convención Colectiva Única y Unitaria (2016-2018) que expresa el ejercicio de la Contraloría Social y la constitución de una comisión nacional y su expresión en las regiones para realizar la evaluación de proyectos que ejecute el IPASME. Le arrancaron a las federaciones y sindicatos la participación y contraloría que por derecho y norma estatutaria tienen para vigilar, evaluar los servicios de salud, vivienda, recreación, préstamos y otros beneficios que contribuyan  a mejorar la calidad de vida del magisterio. Rescatar este instituto se hace con políticas unilaterales del patrono y menos con control político partidista, sino con un gran movimiento de conciencia magisterial que se plantee un plan de reconquista y de reconstrucción.

  6. Desde el Segundo Contrato Colectivo (1987) se ha planteado planes nacionales de vivienda, en la I Convención Colectiva Única y Unitaria, a pesar que se contempla en la cláusula 39 criterios para emprender un plan, el patrono ha sido silencioso en esta materia. Sin embargo, Maduro en su alocución del 17 de enero del presente año, promete comenzar la construcción de urbanismos y viviendas. En este sentido, abogamos  por la acción del derecho de los trabajadores y no por promesas que responden a la campaña electoral de Maduro.

  7. El adelantar la II Convención Colectiva Única y Unitaria fue una exigencia de distintos movimientos de base del magisterio, de asociaciones de educadores jubilados y pensionados y que las federaciones hicieron suya presentándola ante el MPPE a través del Comité de Evaluación y Seguimiento al cumplimiento de la ICCUU. Reivindicamos esta exigencia porque se basa en una crisis real que ha destruido el salario y otros beneficios sociales de los docentes. Un ejemplo de ello es que el docente se encuentra en el drama de cómo acudir al plantel porque no le alcanza para pagar el transporte. Cuando el salario del educador sea suficiente para vivir con dignidad, entonces, Presidente Maduro, Ministro Elías Jaua, pudiéramos estar hablando de calidad educativa.

  8. El anuncio de la creación de una Confederación de Trabajadores de la Educación planteada por el presidente Maduro no será más que una política organizativa que responderá a los intereses del régimen. Nada tendrá que ver con un sindicalismo clasista, autónomo y combativo. Al contrario, será una instancia de sumisión frente al patrono. Estamos frente a una práctica política que nos llevará a una organización sindical de carácter corporativista, propia de los regímenes de rasgos fascistas como el venezolano, creada para beneficiar al patrono y en perjuicio de los trabajadores. Ya tenemos indicios con la creación de SINAFUM y la composición que se dio para la discusión y firma de la I CCUU, donde la “representación de los trabajadores” respondía a los intereses del patrono. Le corresponde al magisterio y a los trabajadores en general analizar este punto con la mayor seriedad del caso y enfrentarlo con una actuación clasista y ética, sin actuaciones colaboracionistas de dirigentes sindicales que al final  contribuyan a que esto se instaure.

  9. La manera cómo Maduro ha llamado a abrir concurso para asignación de funciones a directores, subdirectores y supervisores es la continuación de la violación del Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente. Maduro busca formalizar todas las prácticas aberrantes ya realizadas por el MPPE. Ante esto, es importante recordar aspectos de la historia:
    • -La disposición cuarta de la Ley Orgánica de Educación (2009) ordena al órgano con competencia en materia de Educación Básica a establecer un Reglamento Provisorio de Ingreso y Ascenso a la Docencia dentro de los tres meses siguiente a la publicación en Gaceta Oficial. Seguidamente la disposición derogatoria única de la LOE declara la vigencia del Reglamento General de la LOE de 1980, así como el Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente (1991 y modificada en dos artículos en el 2000) en lo que no contradigan la presente Ley.
    • – En el 2011 tras el retraso de 24 meses en la elaboración del Reglamento Provisorio, el gremio magisterial y el MPPE acuerdan, accionando la cláusula 9 de la VI Convención Colectiva, la elaboración de un instrumento de selección que permitiera iniciar el proceso de evaluación del desempeño y de méritos académicos, de manera que el profesional de la docencia interino pudiese ingresar como titular. Es importante señalar acá que la representación gremial cumpliendo con la Convención Colectiva elaboró y consignó a la Ministra Hanson el Proyecto de Reglamento Provisorio en el mes de mayo 2012, mientras que la parte patronal, de forma unilateral y arbitraria, promulgó las resoluciones 20 y 21 Ad-Hoc. Este hecho no sólo impidió que se resolviera el grave problema, sino que ubicó a los docentes frente a un vacío jurídico al margen de la Constitución y la LOE.
    • – En 2015, sin ninguna vigilancia y contraloría, el MPPE le da la titularidad a un número significativo de docentes interinos a través de una evaluación del desempeño. Ningún especialista evaluó los instrumentos y menos el gremio los conoció.
    • – En ese mismo año, el MPPE presenta una propuesta de Reglamento de Ingreso y Ascenso, donde el mismo fue rechazado por los representantes académicos de las Federaciones debido a que llevaba consigo la intención de eliminar el Sistema de Méritos de los Profesionales de la Docencia, no tenía una definición de la carrera docente, concebía un profesional de la docencia regimentado, bajo control, uniformado, en fin, sometido a la discrecionalidad del estado.
    • – En aras de contribuir a resolver esta situación, el Colegio de Profesores de Venezuela el 22 de febrero 2017 presenta a la Asamblea Nacional instancia competente para esta materia un Proyecto de Ley del Ejercicio de la Profesión Docente. Sin embargo, el patrono déspota sale con algunos mecanismos que ayudarán al control de las irregularidades que hoy existen en las escuelas y liceos manteniendo la violación de la Constitución, LOE y Reglamento del Ejercicio. Que por cierto los mecanismos a utilizar sólo reflejan la función y no el concurso por el cargo profesional.

Estas nueve consideraciones señaladas no son para que sigamos contemplando lo que sucede con la educación y sus educadores, sino para que definitivamente reaccionemos, actuemos en la defensa de la educación democrática y de la carrera docente.

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